Tras adelantar el pasado viernes el estado de alarma, el Gobierno ha dado a conocer cuáles son los casos en los que sí que está permitido salir de casa o moverse dentro del país. Para hacer efectivas estas medidas, el ministerio de Fomento ha reducido a la mitad los servicios ferroviarios, aéreos y portuarios.

Tal y como ha indicado el Ejecutivo, el estado de alarma solo permite los movimientos de personas para la realización de las siguientes actividades:
- Adquisición de alimentos y de productos de primera necesidad
- Adquisición de productos farmacéuticos
- Asistencia a centros sanitarios, tintorerías y peluquerías, siendo estos dos últimos puntos solo recomendables para personas que no puedan tomar medidas de higiene por su cuenta.
- Desplazamiento al lugar del trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial
- Retorno al lugar de residencia habitual
- Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o especial
- Desplazamiento a entidades financieras
- Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad
- Cualquier otra actividad de análoga naturaleza al punto anterior debidamente justificada.
De este modo, quedan prohibidos los viajes por ocio y por turismo. No obstante, cualquier viajero que se encuentre fuera de su casa, podrá regresar a tenor del punto 5.